Blog no oficial del IMSS en el que encontrarás ayuda e información relacionada al Instituto Mexicano Del Seguro Social.

Autorizacion Permanente IMSS.


La autorización permantes tiene dos módulos.
Modulo A) A petición del patrón o sujeto obligado:
Es la solicitud que presenta el patrón o sujeto obligado cuando un trabajador por su labor habitual, requiera prestar sus servicios en lugar diferente al de su adscripción. Esta solicitud la realiza el patron en el la pagina del IDSE
En la sección de Autorizaciones Permanentes.


Se debe seleccionar el apartado de Captura de Autorizaciones y suspensiones. 

Aquí se debe llenar el formulario con los datos del trabajador y la nueva delegacion del IMSS se le asignara por su nuevo codigo postal.

O bien: 
En la Subdelegación u Oficina Administrativa Auxiliar del IMSS que corresponda al domicilio de su centro de trabajo, en horario de 8:00 a 15:30 horas, de lunes a viernes.  
A. Presentar escrito libre (original y copia simple) con la siguiente información 
de cada trabajador:  
1. Lugar donde residirá el derechohabiente, (calle o manzana, colonia, población, municipio, código postal, entidad).  
2. Numero de Seguridad Social.  
3. Clave Única de Registro de Población.  
4. Registro Patronal.  
5. Nombre completo del trabajador (apellido paterno, apellido materna y nombre).  
B. Presentar en original los siguientes documentos: 
1. Tarjeta de Identificación Patronal.  
2. Identificación oficial del patrón, sujeto obligado o representante legal; cualquiera 
de las siguientes: Credencial para votar del Instituto Federal Electoral, pasaporte 
vigente, cartilla del Servicio Militar Nacional o cédula profesional 
C. Llenar y presentar el siguiente formato: 
Autorización Permanente para Recibir o Suspender Servicios Médicos en 
Circunscripción Foránea (SAV 017)

Modulo B) A petición del asegurado(a) o pensionado(a): 

Es la solicitud que presenta el asegurado(a) o pensionado(a), cuando sus 
beneficiarios por su actividad radiquen en un lugar diferente al de su adscripción. y esta solicitud la debe  realizar el asegurado(a) o pensionado(a).
En la Unidad de Medicina Familiar, que corresponda al domicilio del asegurado(a) o pensionado(a), en los siguientes horarios de lunes a viernes:  
• De 8:00 a 14:00 horas en Unidades de Medicina Familiar con un solo turno (matutino).  
• De 8:00 a19:00 horas en Unidades de Medicina Familiar con dos turnos (matutino y vespertino).  
Cuando la Unidad de Medicina Familiar no se realice el trámite de autorización permanente para recibir servicios médicos en circunscripción foránea a petición del asegurado o pensionado, se puede realizar en la Subdelegación u Oficina Administrativa Auxiliar del IMSS que corresponda al domicilio del asegurado o 
pensionado, en horario de 8:00 a 15:30 horas de lunes a viernes.  
A. Presentar la siguiente información: 
1. Lugar donde residirá el derechohabiente, calle o manzana, colonia, población, municipio, código postal, entidad.  
2. Nombre de(los) beneficiarios (apellido paterno, apellido materno, nombre), sexo, fecha de nacimiento (día, mes, año).  
3. Número de Seguridad Social.  
4. Clave Única de Registro de Población.  
5. Nombre completo del trabajador (apellido paterno, apellido materno, nombre)
B. Presentar en original los siguientes documentos: 
Credencial ADIMSS  
Identificación oficial: (credencial para votar IFE o Cartilla del Servicio Militar Nacional o pasaporte o cédula profesional), documento donde conste el Número de Seguridad Social del asegurado(a) o pensionado(a) y CURP. 
C. EI Instituto proporcionará el formato Autorización Permanente para Recibir o Suspender Servicios Médicos en Circunscripción Foránea (SAV 017), el cual será lIenado por el personal del propio Instituto con la información proporcionada por el asegurado(a) y/o pensionado(a). 

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